lunes, 6 de agosto de 2012

A propósito de los peligros de la custodia compartida en menores de 6 años.

ARTÍCULO DE OPINIÓN                          


A propósito de los peligros de la custodia compartida en menores de 6 años.


(Diez años de la Ley de 4 de Marzo de 2002 de reforma del Code Civile sobre los tiempos de convivencia alterna en Francia)

“A los miles de niños que sufren en España el alejamiento de uno de sus progenitores”



José Luis Sariego Morillo                 

Abogado


Como consecuencia de mi participación en la elaboración de un libro en Francia, que va a ser publicado para celebrar los diez años de la ley de custodia alterna y compartida en Francia, decidí sacar a colación las distintas discusiones con psicólogos e incluso con juristas metidos a psicólogo, jueces y fiscales incluidos, que nos vienen a decir que la custodia compartida o alterna con los niños y niñas menores de seis años no es buena para ellos, porque lo dicen los estudios que hay sobre ello.

Muchas de estas personas tienen razón en una sola cosa, y es que existe un único estudio realizado en el año 1999 y luego reproducido en 2003 en Francia, al que se le dio una publicidad institucional inusitada, mientras que el resto de estudios (más de cien) que aconsejan la custodia compartida de los hijos tras el divorcio, no tuvieron una publicidad institucionalizada tan alta.

Aquel estudio fue elaborado ex profeso, por personas que ideológicamente se oponían a la custodia alterna o compartida de los hijos tras el divorcio, salvo que ambos progenitores estuvieran de acuerdo. Se llegó a descubrir mas tarde, que estas personas llegaron a cobrar dinero a priori del estudio para que produjera determinados resultados ad hoc. Esto es, fueron antes las conclusiones (custodia compartida como algo negativo) que la recogida y el estudio de los datos.

Me refiero al tan denostado en Europa estudio de Solomon y Jorge (1999), pero muy pocas personas, sobre todo profesionales del derecho lo han llegado a leer, sino que tan solo han escuchado hablar de sus conclusiones, sin conocer el contenido del mismo.

Como quiera que hoy en nuestro país, a propósito de las leyes que se están elaborando a favor del establecimiento de la custodia compartida, se alzan voces de presidentas de asociaciones de mujeres y de unas 16 personas únicamente (según última manifestación realizada en Madrid en enero de 2012) en contra de la CC de forma preferente en casos de divorcio, es lo que me ha hecho estudiar de forma algo mas profunda el famoso estudio en el que se basan estas pocas y vulgares, (vulgar es según la RAE aquello que es impropio de personas cultas o educadas) pero no por ello, ruidosas voces.

Pues bien, recientemente, en la revista de psicología de la Asociación Canadiense sobre la Salud, el Profesor de la Universidad de Grénoble, Gérard Poussin ha publicado el entramado de aquel estudio de Solomon y Jorge, planteándose simplemente una pregunta ¿por qué se dan conclusiones tan nefastas en el estudio de Solomon en comparación a los cientos de estudios que dicen lo contrario?

Y no deja de sorprenderme los datos del estudio de Solomon y Jorge, los cuales ni siquiera han podido ser avalados científicamente para ser publicados en una revista especializada, debido a la falta de rigor científico del mismo. Ni un solo “referee” jurídico-psicológico-científico ha dado el visto bueno a su publicación, y de hecho es difícil encontrar referencias de este estudio en publicaciones serias. Los artículos que se publican en Europa desde los años 90 en contra de la custodia compartida preferente, lo hacen sobre la base del estudio de Solomon y Jorge, pero sólo añaden opiniones, pero ni un solo datos o estudio científico.

Así, en aquel famoso estudio de 1999 realizado como oposición a la ley francesa de marzo de 2002, se encontraron los siguientes fallos:

1.- Los niños estudiados, la inmensa mayoría no habían visto a su padre nunca. (68%)

2.- la otra parte de niños que si conocían a sus papás, hacían meses, incluso años que no los veían, por distintos motivos, pero sobre todo por sustracción, alejamiento o alienación de las madres.

3.-Estos niños fueron estudiados al tener los primeros contactos con el papá (extraños para los niños). Tampoco se hizo un seguimiento de este estudio a lo largo de varios meses o años, como suele hacerse en los estudios mas serios.

En estas tres premisas están basadas el estudio de Solomon y Jorge de 1999, que mas tarde ha dado lugar a que se recoja en muchos artículos de opinión (ninguno científico) y se ha trasladado al imaginario social, basándose sólo en la conclusión de que los niños sufrían mucho con la custodia compartida con sus papás porque eran muy pequeños, ocultándose a propósito las premisas en las que se había hecho el estudio.

Por ello, cuando se van a cumplir diez años de la ley francesa de custodia alterna, y cuando parece que en España está mas cerca que nunca una regulación mas humanizada y protectora de los derechos de niños y niñas cuyos progenitores se separan, hay voces que se levantan con el puño en alto, con artículos y páginas webs basados en aquel estudio, rechazando, sin fundamento alguno científico la figura de la custodia compartida o alterna.

De ahí este pequeño artículo para que nos haga reflexionar a los operadores jurídicos y podamos tener algo mas de información, que no desinformación, de la que se ha tenido hasta ahora.

Nosotros ya hicimos nuestro propio estudio longitudinal sobre una muestra de 378 familias sobre custodia compartida en 2008 (acceso libre en www.lexfamily.es/revista.php), que fue publicado en Lex Family en el que quedó patente, que tras haber pasado tres años desde que niños y niñas vivían en custodia compartida, los niños y niñas eran mas felices que los que vivían bajo la figura de la custodia monoparental y al mismo nos remitimos.

Como afirma el Profesor Poussin et al. (2005), no es razonable este debate sobre lo perjudicial de la Custodia Compartida.

En otros estudios posteriores a la ley francesa y a propósito de la misma, como los estudios de Waters et al. (2000) hizo un estudio longitudinal durante veinte años, en cuyas conclusiones se podían apreciar que los menores que habían vivido bajo la custodia compartida eran mejores adultos y tenían mejor socialización que los menores que habían vivido en custodia exclusiva de sus madres. Se llegó a la conclusión que la falta del afecto o apego inicial con respecto a un progenitor al comienzo de la vida en custodia compartida, no tenía ninguna repercusión en la vida de los menores, ya que al poco tiempo estos apegos se creaban y daban seguridad a los menores, precisamente por la puesta en práctica de la custodia alterna.

En 2004, el estudio de Pruett et al. (2004) sobre niños tenían edad totalmente de 0 a 6 años de 137 familias y en que todos los padres salvo tres habían vivido juntos con niño antes del divorcio, llegaron a las siguientes conclusiones:

“En principio, las variables independientes (o "invocadas") eran la relación padres e hijos, los conflictos familiares y la observación de las familias que seguía criterios precisos y organizados a priori (número de noches pasadas en casa del padre y la madre, número de personas que se ocupaba del niño, los procedimientos puestos en ejecución por cada uno de los progenitores, etc.).

Las variables dependientes (o "evocadas") eran el CBCL para los niños de más de dos años y la escala de Aschenbach para menos de dos años. Se trata de escalas que miden diferentes tipos de manifestaciones psicológicas en casa del niño. Fueron cumplidas por ambos progenitores, en todos los casos estudiados”.

El resultado de este estudio, nos dice que el hecho de compartir el dormir en casa de un progenitor y otro de forma normalizada y equilibrada, tiende más bien a hacer disminuir las manifestaciones de problemas psicológicos en los niños.

Así las madres al igual que los padres, valoraron de igual forma y en positivo, la mejora en la socialización de los niños, como consecuencia directa de dormir el niño en casa de su padre al igual que en casa de su madre.

Las madres, incluso llegaron a valorar la existencia de menos problemas cognitivos y menos problemas de atención cuando el niño pasaba ciertas noches en casa de su padre. Cuando estos contactos o el hecho de dejar de dormir en casa de los padres, las madres observaron que se agravaban los problemas conductuales y tenía efectos negativos de manera significativa en cuanto a los comportamientos agresivos del niño, la falta de socialización y los problemas de atención educativa.

Pero el dato más significativo a nuestro parecer de este estudio y presente en otros muchos, es que la existencia de conflictos entre los dos progenitores son al principio muy problemáticos, sobre todo porque hay niños en los que se ha suscitando o provocado problemas de tipo somáticos según las madres (problemas de salud inexistentes) y problemas de ansiedad, y de aparición de conductas destructoras o agresoras, según los padres.

En todo caso, a qué conclusiones podemos llegar frente a la existencia de estudios contradictorios sobre la bondad o falta de ella, de la custodia alterna de los niños menores de 6 años.

Pues debo decir, que en todo el tiempo que llevo como abogado de familia, he observado que los detractores de la custodia compartida o alterna de los niños, sobre todo en los menores de 6 años, aplican o buscan explicaciones de estudios que no hablan de la residencia alterna, sino de la corresponsabilidad parental, sobre todo cuando existen diferencias educativas entre padres y madres o, un alto grado de conflicto entre estos.

Lo que sí es importante es que “uno de cada cien estudios” sobre la custodia compartida que se han publicado, dan como resultado que la custodia alterna o compartida de los hijos tras el divorcio, es maligna para el desarrollo de niños y niñas. Pero lo que llama especialmente la atención es que ésos “uno de cada cien estudios”, apenas cuenta con muestras significativas o se ocultan (¿a propósito?) las variables que son objeto de estudio., además que apenas estudian las consecuencias de la residencia alterna de los hijos en casa de ambos progenitores, a medio y largo plazo.

Eso es lo que me hace pensar que simplemente quienes fomentan este tipo de supuestos estudios contra la custodia compartida, tienen mas que una base científica, una base ideológica que sigue manteniendo que las mujeres, en cuanto madres, para lo que sirven, es para cuidar de los hijos.

Siguiendo a Bronchal, estoy de acuerdo que es curioso el dato, que algunos estudios que dan como resultado a priori, lo negativo de la custodia compartida, están fomentados y financiados unos, desde instituciones eclesiásticas defensoras de la familia tradicional y otros, desde las instituciones feministas radicales de izquierda, que parten de la base que la familia es el primer lugar donde la mujer es oprimida.

No acabo de comprender que unos y otras estén de acuerdo en todo esto.

Ya el Profesor Poussin, que lleva mas de veinte años de estudios y dedicación, ha publicado recientemente un artículo en el que afirma, que es casi imposible encontrar un estudio con rigor que haya podido estudiar varios casos de menores de seis años con custodia alterna, debido a la escasez de divorcios de parejas con hijos de esa edad, y en los casos encontrados, hay muy pocos casos de custodia alterna de los menores.

Cuando, en nuestro país, se legalizó la adopción de menores por parte de parejas homosexuales, los estudios que se usaron, se basaron en datos recogidos a menos de diez familias, y las conclusiones fueron que era bueno y positivo para niños y niñas ser adoptados por parejas homosexuales. Igual rigor científico que se aplicó a estos casos, se aplica actualmente al rechazo a la custodia alterna de los hijos tras el divorcio. Ósea, ningún rigor científico. Ya me dirán los lectores. Apenas 10 familias.

Pero más fácil que todo esto, es aplicar el sentido común a todo este debate:

Si llevamos en nuestro país y en todo occidente años estudiando a cientos de miles de niños y niñas que duermen fin de semana si, fin de semana no, en casa de sus papás, y ninguno de estos estudios ha concluido que esto sea malo para los menores, está claro que no necesitamos ningún otro estudio. Si ello fuera tan nocivo para los niños, ya tendríamos desde hace años, numerosos ejemplos de esta nocividad. Pues no existe ni un solo estudio que diga que esto es nocivo para los menores.

Es más, en nuestro país es tal la muestra de ideología machista y patriarcal que hay en el derecho de familia y en la mayoría de sus operadores jurídicos y psicosociales, que no deja de sorprenderme el hecho de que a diario 87 casos de cada 100 se otorgue la custodia exclusiva de los hijos a la madre, por ser la más adecuada y preparada (se supone que los papás no son adecuados) y sin embargo a los papás se les considere adecuados y preparados la mitad de las vacaciones o fines de semana alternos. Si no son adecuados para ostentar la custodia compartida, tampoco lo serán para tener visitas. ¿o no?. Pues, van los Juzgados y dejan la mitad de vacaciones y fines de semana alternos como mínimo, en manos de personas irresponsables (los papás casi siempre) a los niños. Inexplicable, y menos aún, entendible.

Sostiene el profesor Poussin y estoy de acuerdo con él, que la inmensa mayoría de los estudios que hemos podido encontrar contra la custodia alterna o compartida, en realidad, enmascaran la realidad de dichas familias: separación conflictiva de los progenitores, lucha por la casa, el dinero, venganza, etc. En la mayoría de estos estudios aparece un dato muy significativo, y es el rechazo de un menor hacia una de sus figuras parentales, en especial hacia sus papás. Y lo que es peor, se alega este hecho, como excusa “científica” para rechazar la custodia alterna o compartida.

El mundo de la psicología y psiquiatría clínica está plagado de nuevos pacientes con un perfil común, a saber: personas que en su infancia hicieron frente a una separación cruel y conflictiva de sus progenitores, y especialmente, personas que fueron alejadas de uno de sus progenitores hasta que llegados a la adultez, ven que aquello les afecta en su vida como adultos, ora por haber descubierto que aquel rechazo fue incitado a través de la trasmisión de falsa memoria (Bronchal, 2007), o simplemente aquellas personas que fueron tan persuadidas de niños, que no terminan de aceptar que deben suprimir de su memoria y sus afectos, a uno de sus progenitores.

Como nos recuerda el Profesor Poussin, ¿Qué hacemos también en todas estas situaciones donde el progenitor que goza de la residencia principal acosa al niño de una manera múltiple a la vuelta a casa de las visitas con el otro progenitor?

O por ejemplo, qué hacemos en esos casos, cada vez mas en boga, en el que los niños que son desvestidos para verificar la existencia de un eventual maltrato o interrogados de manera inquisitorial, incluso a nivel de su sexualidad. Estos niños que siempre están "enfermos" según certificados médicos de complacencia precisamente en vísperas de un derecho de visita del otro progenitor.

Qué hacer con esos niños y niñas que repiten frases adultas totalmente hechas y mal explicadas, que se ve a la legua que no son suyas, pero que no dejan de repetirlas. Niños y niñas, que muestran miedo a decir que quieren estar con su padre (en un 92% de los casos) porque se les ha dicho que si manifiestan eso, su padre, su madre o ellos mismos pueden ir a la cárcel y otras cosas de peor estilo.

Qué hacer con los niños “mensaje” de uno y otro lado, con residencia preferentemente materna.

Todas estas cuestiones que me planteo, no se dan casi nunca en los niños y niñas que viven en custodia alterna y/o compartida, al menos en los estudios que hemos leído, por eso me pregunto: ¿por qué nos quieren hacer creer que la custodia alterna o compartida es maligna?

No será acaso que se intenta ocultar la realidad de los verdaderos problemas de los divorcios en occidente y con este discurso de rechazar la custodia alterna o compartida, se evita hablar de esa realidad.

Realmente, me siento incapaz de ponerme en la piel de estas personas que niegan el derecho de niños y niñas a disfrutar de sus progenitores y todos sus entornos, tras el divorcio de éstos.


Referencias bibliográficas

POUSSIN, G., 2005, Pour une évaluation des effets réels de la résidence alternée, Revue trimestrielle de droit familial, Ed. Larcier, Bruxelles, 1/2005, 9-25.

PRUETT, M. K., EBLING, R., INSABELLA, G., 2004, Critical aspects of parenting plans for young children, Interjecting Data Into the Debate About Overnights, Family Court Review, 42, 1, 39-59.

SOLOMON, J., George, C., 1999, The effects on attachment of overnight visitation in divorced and separated families :A longitudinal follow-up, in Solomon, J., George, C., eds, Attachment Disorganization, Guilford Press, New York, 135-264.

WATERS, E., 2000, Attachment security in infancy and early adulthood : A twenty-year longitudinal study, Child Development, 71, 684-689.

BRONCHAL, J., 2007 Definición del fenómeno de la “falsa memoria” y condiciones que la favorecen. Autoedición.



Fuente:

http://www.lexfamily.es/revista.php?codigo=1037 



 Actualizado el 25 de julio de 2012

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Granada por la Custodia Compartida Ya.

Anibal Moreno.
Presidente.

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